Leemos en cnn.com que algunas capillas de bodas de Las Vegas, EE.UU., han recibido requerimientos para que dejen de usar la imagen personal de Elvis Presley en sus ceremonias (Las Vegas wedding chapels receive Elvis cease-and-desist letters).
En España, el derecho a la propia imagen es irrenunciable e imprescriptible, y tras la muerte del titular, defendible por quienes hayan sido designados al efecto en su testamento, o los parientes (cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos) que viviesen al tiempo de su fallecimiento. A falta de todos ellos, el ministerio fiscal será el llamado a hacerse cargo, si bien por un plazo limitado a ochenta años desde el óbito.
Parece ser que la hija del Rey del Rock and Roll, Dª. Lisa Marie, cedió todos los derechos de su difunto padre a una empresa que es la que ahora reclama el cese del uso no consentido de su imagen por los casamenteros. Según la noticia, su intención no es acabar con este tipo de usos sino someterlos a licencia. Las empresas de bodas se quejan y arguyen que llevan décadas contribuyendo a que perviva la imagen de D. Elvis entre el público.
Este argumento, que oímos a menudo como pretensión justificativa de usos no autorizados de derechos y propiedades ajenos, es técnicamente desdeñable. La voluntad desinteresada o no (el ánimo de lucro de las capillas es innegable), incluso caritativa o compasiva, de quienes se aprovechan de lo ajeno sin permiso, no empece que, con carácter general, débanse calificar tales aprovechamientos de ilegales cuando sean contrarios a la voluntad de sus legítimos titulares. Éstos, por tanto, estarán en su derecho para perseguirlos, hacerlos cesar e, incluso, obtener una reparación económica por ello.
Conocemos, por experiencia propia, la sorprendente frecuencia (y la equivocada vehemencia) con la que quienes así obran se creen amparados por su supuesta contribución a la reputación de los titulares afectados. A veces, quizá de manera más sincera, ni siquiera se molestan en aducir más razón que su interés, pero son legión, en todo caso, quienes disfrazados de personajes reales (hablaremos de derecho a la propia imagen, como en el caso de esta noticia) o figurados (hablaremos de derechos de propiedad intelectual, como en el caso de superhéroes, por ejemplo) obtienen por la mera exhibición de su imagen en espacios públicos o privados, con ocasión de retratos o figuraciones de otra índole, ventajas económicas para sí.
Hay diferencias notables en el régimen aplicable a unos casos u otros según sean derechos de la personalidad (imagen) o del patrimonio (propiedad intelectual), pero interesa fijar la noción básica de que no puede obviarse la necesidad de autorización para usar lo que no nos pertenece. Puede haber excepciones, por supuesto, según las contemplen las leyes (como la parodia, de la que hablaremos en otra ocasión, u otros usos lícitos), pero de momento nos inclinamos a pensar que, aunque Elvis siga vivo en Las Vegas, lo habrá de hacer como manden sus legítimos sucesores.