El boletín Oficial del Estado del 1 de agosto incluye la Resolución de 27 de julio de 2022, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convoca el Premio Nacional del Patrimonio Cinematográfico y Audiovisual, correspondiente al año 2022.
El Premio Nacional del Patrimonio Cinematográfico y Audiovisual se otorga con el objeto de destacar la labor de personas, instituciones y organizaciones que han desarrollado iniciativas y proyectos destacables de recuperación, conservación y difusión del patrimonio cinematográfico y audiovisual a lo largo del año anterior a la convocatoria, o con una trayectoria relevante en el mismo campo.
La dotación económica del Premio Nacional del Patrimonio Cinematográfico y Audiovisual es de 30.000 euros. El fallo del Premio corresponderá a un Jurado integrado por un número de miembros no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados por la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte, a propuesta de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales. Su composición será la siguiente:
a) Presidencia: Corresponderá a la persona titular de la Dirección General del
Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
b) Vicepresidencia: Corresponderá a la persona titular de la dirección de la
Filmoteca Española.
c) Vocalías:
1.º Una persona designada a propuesta de una de las asociaciones académicas y de investigación del cine y de la cultura audiovisual.
2.º Una persona designada a propuesta de una de las asociaciones transversales del sector cinematográfico.
3.º Una persona designada a propuesta de un sello editorial que tenga entre sus colecciones alguna destacada en contenidos de cine y audiovisual o una de las asociaciones del sector de la comunicación especializada en cine y audiovisual.
4.º Una persona que actuará como representante de un centro o departamento académico dedicado a la investigación desde la perspectiva de género.
5.º Tres personalidades o profesionales de prestigio en el mundo del patrimonio, la investigación académica o el sector cinematográfico y audiovisual, al tratarse de la primera convocatoria del Premio, designados por la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
Secretaría: Una persona funcionaria adscrita a la Filmoteca Española, designada por la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, que actuará con voz pero sin voto.
La composición del jurado respetará el principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, de modo que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento del total de los miembros. La elección de la persona premiada podrá ser por consenso o por votación. En el caso de la votación, esta se efectuará mediante voto secreto, el cual podrá ser emitido únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.
Las candidaturas serán presentadas por los miembros del Jurado o por las entidades culturales o profesionales que por su naturaleza, fines o contenidos estén relacionadas con la protección del patrimonio cinematográfico y audiovisual, mediante propuesta razonada en la que se hará constar los méritos que concurren en la misma y dirigida a la Presidencia del Jurado, una vez designado el mismo.
Las propuestas deberán enviarse a la Filmoteca Española, y podrán ser presentadas empleando un certificado de firma electrónica válida, a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte (https://cultura.sede.gob.es/) en el apartado «procedimientos y premios». La concesión del Premio no implicará, en ningún caso, cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de la persona galardonada.