En series de televisión, ¿dónde está el límite?

Por Helena Suárez, Socia de Propiedad Intelectual, Industrial y Derecho Audiovisual de ÉCIJA

La mente creativa es una capacidad superior del pensamiento que nos permite generar ideas originales, adaptarnos a situaciones inusuales e inesperadas y encontrar soluciones a problemas. La creatividad es fundamental para la innovación y la creación de valor en cualquier ámbito, incluido el cultural.

Será porque recibimos muchos estímulos hoy en día o porque cada vez es más complicado elaborar una historia que parta de la nada, sin ninguna referencia, pero a menudo se nos acercan productores para que valoremos, desde el inicio, la viabilidad de producir una historia que tiene como punto de partida un acontecimiento, una persona real, un libro, un artículo… Y aunque nos aseguran que el resultado final se parecerá al punto de partida como un huevo a una castaña, las preguntas en el aire siempre son las mismas: ¿Hasta dónde puedo llegar sin permiso? y ¿qué tengo que tener en cuenta para no meterme en problemas?

Lamentablemente, el derecho no es una ciencia exacta y, por tanto, siempre hay que analizar el caso concreto, pero sí podemos apuntar algunas “reglas” que pueden funcionar de forma general y que nos dan pistas de cómo debemos enfocar nuestra historia.

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¿Realidad o Ficción? En los proyectos que buscan narrar hechos reales, hay que representar tales hechos y a las personas mencionadas de manera fidedigna, y la información transmitida debe ser de interés general, veraz y de carácter no injurioso o denigrante. En obras ficcionadas, aunque el creador haga referencias a personajes, lugares o hechos reales, debemos asegurarnos de que el contenido no incluya afirmaciones vejatorias, injuriosas o denigrantes sobre las personas mencionadas, prescindiendo de los requisitos de interés general y veracidad.

¿Derechos de vida sí o no? En España, los tribunales se han posicionado en varias ocasiones a favor de la publicación de biografías no autorizadas o biopics de personajes famosos, siempre y cuando no sean de carácter injurioso, dando prevalencia a la creación artística. Un ejemplo es el caso de la película ‘El Crimen de los Marqueses de Urquijo’. Igualmente, en documentales, tenemos el caso de ‘Fariña’, en el que la Audiencia Provincial de Madrid concluyó que es lícito referirse a personajes sin autorización siempre y cuando la narración sea fidedigna y objetiva, resultado de una diligente comprobación de lo realmente ocurrido.

¿Adquiero los derechos o no es transformación? El derecho de transformación es el derecho de traducir, adaptar o llevar a cabo cualquier otra modificación en la forma de una obra, de la que se deriva una obra diferente. Si tomamos como punto de partida de nuestra historia una obra protegida por derechos de autor, debemos contar con la autorización, salvo que podamos defender que vamos a hacer una parodia de la obra original, en cuyo caso, no es necesario pedir permiso. Tampoco es necesario adquirir los derechos si, por ejemplo, vamos a hacer un biopic sobre una persona sobre la que también se ha escrito una biografía; si no nos apoyamos en la biografía para nuestra historia, no es necesario. Sin embargo, habrá que argumentar bien la justificación porque pueden existir zonas grises en las que ambas obras coincidan. Ante la duda, más vale pedir permiso que perdón. El perdón en estos casos sale caro.

Helena Suárez

¿Puedo incluir referencias o menciones a marcas o nombres comerciales? Un uso neutro e incidental de una marca en una obra audiovisual se puede realizar sin necesidad de contar con la autorización de sus titulares. Ahora bien, si las referencias a una marca o empresa en concreto son abundantes o incluso juegan un papel relevante en la trama, existe el riesgo de que el público pueda considerar dichas menciones como una asociación publicitaria con el titular de las marcas. De darse este supuesto, sería necesario contar con la autorización del titular de estas marcas para su mención en el proyecto. En cualquier caso, ninguna de las menciones debe realizarse de manera denigratoria.

Con estas líneas rojas, podemos tener una idea de en qué terreno nos movemos, pero, a pesar de ello, y aunque sigamos escrupulosamente todos los consejos legales, nada descarta que el proyecto pueda recibir una reclamación. Por eso mismo, en proyectos que tengan un componente creativo controvertido, siempre puede ser de ayuda la contratación de un seguro de errores y omisiones que cubra estas reclamaciones y los costes legales que de ellas se deriven.

Helena Suárez

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