El ICAA ha abierto el plazo para el trámite de audiencia de las bases reguladoras de las ayudas para la escritura de guiones. La fecha límite para la presentación de aportaciones es el 14 de febrero. Dichas aportaciones se podrán llevar a cabo a través de la dirección de correo: consultaspublicas.icaa@cultura.gob.es
En abril del pasado año, Audiovisual451 ya se hizo eco de que el ICAA estaba trabajando en la convocatoria de ayudas a guion, junto a las dos principales asociaciones de guionistas (ALMA y FAGA), con el objetivo de subsanar una de las carencias históricas del sistema de subvenciones estatal. Entonces, Audiovisual451 pudo saber que la nueva línea contaría con una dotación económica de 2,5 millones de euros, según se anunció en el marco del octavo Encuentro de Guionistas, celebrado en Sevilla entre el 11 y el 13 de abril.
Ahora, el organismo cinematográfico señala que se hace preciso establecer unas nuevas bases reguladoras de ayudas para la escritura de guiones actualizada en diversos aspectos, entre los que destaca la referencia expresa a la ausencia del empleo de herramientas de inteligencia artificial generativa en su elaboración y desarrollo. Asimismo, es novedoso el relativo a la valoración de los proyectos, con un desglose pormenorizado de los conceptos evaluables, y planteados desde la preservación del anonimato de las personas solicitantes, para dotar al procedimiento de una mayor transparencia e imparcialidad.
Asimismo, se actualiza el modo de relacionarse con la Administración, que pasa a establecerse únicamente por medios electrónicos, teniendo en cuenta que se trata de profesionales del sector cinematográfico y audiovisual que, por su dedicación profesional, cuentan con la infraestructura y capacidad técnica precisa para ello.
Por otra parte, las ayudas a escritura de guiones están contempladas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 del Ministerio de Cultura, enmarcadas en la Línea Estratégica 1 “Fortalecer los derechos culturales, la diversidad y el reconocimiento de la cultura como bien público mundial”, Objetivo 1 “Garantizar el derecho a la creación en todas sus manifestaciones; si bien se establecieron como ayudas a conceder a través de las Comunidades Autónomas. Se optó inicialmente por esa fórmula de colaboración entre la administración estatal y la autonómica dado que algunos territorios no disponen de líneas de ayudas para estas fases previas tan importantes y otros tienen capacidad para reforzar o ampliar las existentes.
La orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas para la escritura de guiones tanto de largometrajes cinematográficos como de pilotos de series, en ambos casos de ficción o de carácter documental, y destinados tanto a obras audiovisuales de imagen real como a las de animación.
Solo podrán presentarse proyectos de guion originales e inéditos y en cuya elaboración y desarrollo no se hayan utilizado herramientas de inteligencia artificial generativa. No se podrá presentar más de un proyecto por solicitante en cada convocatoria. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
El importe de cada una de las ayudas, dentro del crédito anual destinado a las mismas, será de un máximo de 30.000 euros para los proyectos de guiones de largometrajes y de 20.000 euros para los proyectos de guiones de pilotos de series, con un mínimo, en ambos casos, de 15.000 euros.
Dentro del crédito anual destinado a estas ayudas se reservará un porcentaje del 45 por ciento para los proyectos de guiones de cualquier tipo escritos exclusivamente por mujeres. Asimismo, en cada una de las convocatorias se reservará un porcentaje del crédito anual para los proyectos de guiones de cualquier tipo escritos en lenguas cooficiales distintas del castellano.
En las solicitudes deberá constar la información siguiente, acompañada en su caso de la documentación que corresponda:
a) Memoria explicativa suscrita por el autor o autora, que incluya una declaración de intenciones del autor o autora y una reflexión sobre su interés dentro del contexto audiovisual actual.
b) Sinopsis argumental y descripción de personajes principales.
c) Muestra del trabajo, consistente en el tratamiento secuenciado del proyecto de
guion y desarrollo de un fragmento del mismo. El tratamiento y el desarrollo se presentarán en la lengua original en la que se proyecte redactar el guion.
d) Autorización expresa al ICAA para que sus datos personales puedan ser consultados por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. En caso de no prestar la autorización expresa, deberá aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del documento acreditativo de la identidad de extranjeros residentes en España o tarjeta equivalente.
e) Declaraciones responsables sobre los siguientes aspectos:
- 1º Que se trata de un proyecto de guion original e inédito en el momento de su presentación.
- 2º Que en la elaboración y desarrollo del proyecto de guion no se han utilizado herramientas de inteligencia artificial generativa.
- 3º Si han obtenido cualesquiera otras ayudas o subvenciones públicas, nacionales o internacionales para el mismo proyecto de guion.
- 4º Que está al corriente en el pago de obligaciones por reintegro y por reembolso de subvenciones, así como de comprometerse a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente al procedimiento de concesión de la ayuda.
- 5º. Que no ha sido objeto de sanción con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones por incumplimiento de cualquier normativa.
- 6º. Que no incurre en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 ni, en su caso, del artículo 13.3 bis, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- 7º Si se trata de un guion adaptado, que se cuenta con la autorización expresa de la persona propietaria de los derechos de la obra preexistente.
Los proyectos serán valorados por el Comité asesor de ayudas para la escritura de guiones, preservando en el anonimato la identidad de las personas solicitantes. Se evaluarán los siguientes conceptos, de acuerdo con las ponderaciones relativas máximas que se expresan, sobre un total de 100 puntos (únicamente los proyectos que obtengan un mínimo de 50 puntos, podrán ser considerados para obtener ayuda):
a) Trama/desarrollo/tratamiento: hasta un máximo de 40 puntos.Se valorará: la coherencia de la trama (máximo de 14 puntos); la estructuración correcta para mantener interés en la historia (máximo de 13 puntos) y la idoneidad del ritmo del guion al estilo o género de la obra (máximo de 13 puntos).
b) Originalidad/premisa: hasta un máximo de 20 puntos. Se valorará: la originalidad y entidad propia de la historia o de la forma de narrarla, o que la misma tenga una narración diferente que la haga singular (máximo 7 puntos); que tenga claridad en la redacción y en el entendimiento (máximo 7 puntos) y que sea una premisa atractiva desde el punto de vista de un determinado público (máximo 6 puntos).
c) Personajes: hasta un máximo de 20 puntos. Se valorará: la creación de personajes, atendiendo a su profundidad y matices y a que su evolución a lo largo de la historia sea coherente con lo que se pretende contar (máximo 10 puntos); y la calidad de sus diálogos y a los efectos dramáticos que transmitan (máximo 10 puntos). En el caso de documentales se valorarán los personajes y participantes, atendiendo a su interés y relevancia (máximo 10 puntos) y a su mayor o menor vinculación con la historia que se quiere contar y a sus aportaciones (máximo 10 puntos).
d) Estilo/técnica: hasta un máximo de 20 puntos
Se valorará: la adecuación a los estándares de redacción y formato de guion (máximo 15 puntos) y la corrección gramatical, léxica y ortográfica (máximo 5 puntos).
Las personas beneficiarias de las ayudas deben:
a) Presentar el guion terminado, que deberá ajustarse al proyecto subvencionado, en un plazo no superior a nueve meses desde la notificación de la resolución de concesión. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al reintegro total de la ayuda.
b) Participar, por cuenta del ICAA y cuando se le solicite, en los encuentros profesionales, talleres y otras actividades dirigidas a la puesta en valor de la importancia de la escritura de guiones en la industria audiovisual, en los términos que se establezcan en las convocatorias.
c) Declarar todas las demás ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.
d) Difundir la colaboración del ICAA en la realización de la actividad objeto de la ayuda, mediante la inserción de la frase «Con la financiación del» seguida del logotipo del ICAA, facilitado por el mismo. Se insertará en el guion presentado, y deberá constar en la difusión del mismo que pueda realizarse.
El Comité asesor de ayudas, como órgano de valoración de las ayudas a las que se refiere esta orden, dependerá del ICAA. La presidencia de dicho comité corresponderá a la persona titular de la Dirección General del ICAA y la vicepresidencia a la persona titular de la Secretaría General. Para la secretaría se nombrará por la presidencia a una persona que desempeñe su trabajo como personal funcionario o laboral en el ICAA que actuará con derecho a voz, pero sin voto.
El Comité estará integrado por un mínimo de veinte y un máximo de cincuenta vocales, cuya designación se llevará a cabo entre personas de reconocido prestigio en el ámbito cultural, editorial y cinematográfico que reúnan las condiciones necesarias de aptitud e idoneidad para el desempeño de las funciones correspondientes.