La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha aprobado la apertura de cuatro expedientes sancionadores a Atresmedia y Mediaset por el posible incumplimiento de los artículos 14.1 y 14.4 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (Ley 7/2010). Exceder los minutos de publicidad e introducir los bloques de anuncios sin respetar la trama de los programas en emisión son de nuevos los motivos esgrimidos.
En concreto, Mediaset (expediente SCN/DTSA/1634/2014) en sus canales de televisión Telecinco, Cuatro y FDF, y Atresmedia (expediente SNC/DTSA/1731/2014) en su canal de televisión La Sexta, han podido vulnerar lo dispuesto en el art. 14.1 de la LGA superando el límite de tiempo de emisión dedicado a mensajes publicitarios y de televenta. Estos hechos podrían suponer infracciones administrativas de carácter leve, que conllevarían sanciones de hasta 100.000 euros.
Los otros dos expedientes sancionadores abiertos se refieren al incumplimiento del artículo 14.4 de la LGA por las interrupciones publicitarias en algunos programas, sin respetar la integridad de los mismos, de manera que se perjudican los intereses de los telespectadores. En este caso, afecta a los canales Divinity y Energy de Mediaset (expediente SCN/DTSA/1748/2014) y Neox y Nova, de Atresmedia (expediente SCN/DTSA/1753/2014).
Estos hechos podrían suponer infracciones administrativas de carácter grave, que conllevarían sanciones de entre 100.001 y 500.000 euros. No obstante, la incoación de estos expedientes no prejuzga el resultado final de la investigación. Se inicia así un período máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y para su resolución. Los operadores tienen 15 días para presentar alegaciones.