Atresmedia, sancionada por superar el máximo de publicidad en Neox

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia ha sancionado a Atresmedia con 3.689,40 euros por superar los 12 minutos de publicidad por hora natural en Neox.

El incumplimiento del artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que regula el tiempo máximo de emisión dedicado a los mensajes publicitarios y a la televenta, se produjo el pasado mes de noviembre.

En concreto, el artículo 14.1 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural (“Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj”).

Atresmedia podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

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