Los circuitos de exhibición Cines Yelmo, MK2 Cinesur, Multicines La Estación, Ocine, Cinesa y Kinepolis que operan en Andalucía, han interpuesto un recurso de alzada contra la Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de 8 de septiembre de 2020, ante la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico alegando discriminación en las ayudas al sector de salas de cine en Andalucía.
Mas concretamente, las salas de cine anteriormente citadas con presencia en Andalucía que representan 30 cines en el territorio para un total de 278 pantallas, 52 millones de euros de recaudación y más de 10 millones de espectadores (datos 2019), han sido excluidas como posibles beneficiarios de las ayudas por no tener su domicilio fiscal en Andalucía. «Para la Junta de Andalucía, “andaluces” no son los establecimientos radicados en Andalucía, ni sus trabajadores, ni sus espectadores habituales, ni su radicación cultural, urbanística, económica y empresarial, de todos los establecimientos que ahí permanecen, se hallan a disposición del público andaluz y tributan en Andalucía», explica un comunicado de Cinesa.
El comunicado del circuito de exhibición líder en España señala que «dicha discriminación resulta de forma notable en la zona oriental de la Comunidad Autónoma donde la Junta de Andalucía ha excluido de las ayudas a los cines más visitados por el público andaluz. Los cines de Málaga excluidos de las ayudas representan un 81 por ciento de la cuota de mercado de la provincia; un 75 por ciento de la cuota de mercado en Almería y un 72,4 por ciento de la cuota de mercado en Granada. Solo estas tres provincias suman 6,79 millones de espectadores, un 65 por ciento del total de espectadores de las empresas discriminadas por la Junta de Andalucía».
Para las salas de cine afectadas, «esta decisión atenta contra la libertad de empresa, la unidad de mercado, la defensa de la competencia y es completamente inconstitucional, ya que tanto la propia Constitución como la Jurisprudencia Constitucional, impiden que existan discriminaciones ligadas o vinculadas al domicilio fiscal».
«Si la finalidad de las ayudas establecidas por la Junta de Andalucía es sostener la actividad cultural y paliar los efectos tan negativos que la pandemia está dejando en un sector tan fundamental para la sociedad y tan estratégico para la economía como es el sector cultural que se encuentra al borde de su supervivencia, es difícil entender que se impida el acceso a las ayudas a empresas que ejercen su actividad en territorio andaluz, generando empleo en Andalucía, en función de donde este erradicado su domicilio fiscal», apuntan.
Por todo ello, las empresas afectadas, a través del recurso de alzada presentado ante la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, solicitan de inmediato que se atienda el recurso por discriminación en el sentido de eliminar el requisito del domicilio fiscal para conseguir la ayuda y, la paralización del procedimiento inicial que promete a los beneficiados inicialmente el reparto del remanente no repartido.
La Línea 2 de estas ayudas de la Junta de Andalucía por cancelación de la programación, dotadas de 1,3 millones de euros, establecía que podían ser beneficiarias de las subvenciones tanto las personas físicas como jurídicas privadas con domicilio fiscal en Andalucía a la fecha de la declaración del estado de alarma, que sean titulares de la explotación de salas de teatro, danza y música, espacios de programación de flamenco, salas de exhibición cinematográfica, ubicados en Andalucía, destinados a la programación y exhibición de actos y espectáculos de carácter cultural dirigidos al público general.