Competencia analiza el Anteproyecto de Ley para transponer la directiva europea de comunicación audiovisual

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha analizado el Anteproyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual que servirá para transponer a España la nueva Directiva Europea de Servicios de Comunicación Audiovisual.

El análisis, de casi 100 páginas, responde a una petición de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. La directiva, que pretende «actualizar y modernizar el marco regulatorio audiovisual vigente en la UE», debería haberse insertado en la regulación española en 2020, dado que la fecha límite establecida era el 19 de septiembre.

Competencia resume a continuación los aspectos que considera deberían ser objeto de revisión:

Nuevos prestadores

La CNMC propone incluir la definición de los “prestadores de servicios de comunicación audiovisual que se soportan en plataformas de intercambio de vídeos (YouTube, Twitch, Instagram, Tik Tok)” que, entre otros, comprendería a los influencers que cumplan los requisitos para ser considerados prestadores de servicios de comunicación audiovisual.

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Asimismo se propone que, hasta que no se lleve a cabo el pertinente desarrollo reglamentario, estos prestadores sólo deberán dar cumplimiento, además de a los principios generales de la comunicación audiovisual, a las obligaciones específicas de protección del menor y de protección del consumidor.

Comunicaciones comerciales

En relación con la cada vez mayor relevancia de los servicios de televisión conectada, los usuarios deberían poder dar su consentimiento previo a la recepción de publicidad híbrida o interactiva, así como desistir de dicho consentimiento mediante un procedimiento simple y gratuito.

Se debe velar por la protección del consumidor ante las comunicaciones comerciales garantizando que se cumplen los principios de transparencia, separación e identificación, prestando especial atención a los servicios de comunicación audiovisual que se soportan en plataformas de intercambio de vídeos. Las medidas esenciales que están previstas en la normativa audiovisual para proteger a los menores en los servicios tradicionales respecto de la emisión de comunicaciones comerciales, se deben aplicar también en los servicios de comunicación audiovisual que se soportan en plataformas de intercambio de vídeos.

En el informe se señala que «la principal novedad del Anteproyecto de Ley en el ámbito de las comunicaciones comerciales es la flexibilización de las normas cuantitativas sobre publicidad, de acuerdo con lo que establece la Directiva. Por un lado, el límite del 20 % pasa a medirse por franjas horarias (de 06.00 a 18.00 y de 18.00 a 24.00) y, por otro lado, se elimina el límite de 5 minutos de reloj para las autopromociones

También se establece «que el nivel sonoro de las comunicaciones comerciales audiovisuales no puede ser superior al nivel medio del contenido audiovisual que le precede.»

Promoción de obra europea

El Anteproyecto amplía las obligaciones de financiación de obra audiovisual europea para que alcancen también a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual con sede en otros estados miembros de la Unión Europea y que dirigen sus servicios a España. Es un cambio muy relevante, que conlleva el que la CNMC pase a controlar el cumplimiento de esta obligación por parte de empresas como Netflix, Amazon Prime o HBO.

Respecto al cumplimiento de obligaciones de cuota europea, la CNMC será responsable de supervisar a los prestadores establecidos en España, también en relación con los servicios dirigidos hacia otros Estados Miembros (Disney/Fox, NBC o Sony).

Discapacidad

En materia de personas con discapacidad, se propone fijar porcentajes e indicadores de cumplimiento del subtitulado, audiodescripción y lengua de signos medibles en relación con franjas horarias y géneros programáticos en los que han de ser insertadas las medidas de accesibilidad. También se propone establecer una exención en el cumplimiento de las obligaciones de accesibilidad para aquellos prestadores de servicios audiovisuales con bajo volumen de negocio.

Competencia en los mercados

Al objeto de favorecer la competencia, se propone reducir el período de duración de las licencias para prestar el servicio de comunicación audiovisual televisivo mediante ondas hertzianas terrestres, fijado en 15 años, y eliminar el sistema de renovación automática e indefinida de las mismas, o en su caso limitar e identificar de manera más precisa las condiciones para que dichas licencias sean objeto de concurso.

Distribución competencial

Desde el punto de vista competencial, la CNMC propone asumir la función de llevanza del registro de prestadores del servicio de comunicación audiovisual y prestadores de servicio de plataforma de intercambio de vídeos. Y también que se atribuya a la CNMC la facultad para aprobar circulares en el ámbito audiovisual.

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