Tras las tres sentencias del Tribunal Supremo por la que se anulan las licencias de la TDT en Canarias, con condena en costas a la administración en cada procedimiento, comienzan a arreciar las primeras reacciones.
Desde el Gobierno de Canarias se ha manifestado que acatará los fallos del Tribunal Supremo, y siempre ha considerado de “formales” los vicios de nulidad hallados por la justicia. De hecho, fuentes de la Presidencia afirman que «Ya en su momento se acató la primera sentencia, por lo que ahora el Ejecutivo canario está trabajando en reunir la nueva mesa técnica de contratación creada para valorar las propuestas que se presentaron al concurso entonces».
La Sentencia del Tribunal Supremo no anuló el concurso en su conjunto, sino la adjudicación. No obstante, desde la perspectiva jurídica, no parece razonable que mantener la vigencia del concurso pueda ser la solución más viable. La nueva adjudicación se realizaría sobre proyectos televisivos presentados en el 2006, con unos compromisos técnicos desfasados, unas obligaciones financieras imposibles de asumir, debido a la actual coyuntura negativa; y una oferta de programación televisiva ajena a la realidad actual.
Legalmente y bajo los parámetros de la contratación pública – el concurso de la TDT se convocó y resolvió antes de entrar en vigor la Ley Audiovisual – es inadmisible la valoración en 2012 o 2013 de unas ofertas presentadas para responder a las necesidades que se exigían en el 2006.
De ahí, que se han revelado 7 razones que dificultarán al Gobierno de Canarias adjudicar actualmente en base a solicitudes presentadas en el 2005:
1.- El transcurso de más 6 años desde la presentación de las ofertas. Basta con leer los informes de las CCAA que han recomendado dejar desierto los últimos concursos audiovisuales (Radio FM) convocados en 2007. Los argumentos esgrimidos contradicen una posible nueva adjudicación de la TDT en Canarias: si los concursos de la radio FM se declararon desiertos porque los proyectos estaban desfasados al presentarse en el 2007, peor aún con proyectos de 2006.
2.- El desfase de las ofertas de TDT por datar de 2006. Los proyectos estaban diseñados para una concesión de 10 años y ahora la vigencia de la licencia (ya no concesión) es de 15 años.
3.- Los razonamientos jurídicos que motivaron declarar el concurso de la FM de Valencia y Murcia desierto. La resolución argumentaba (i) la disminución o desaparición de la capacidad y la solvencia de las licitadoras; y (ii) la existencia de proyectos obsoletos de emisoras de radio FM.
4.- El dinamismo de la innovación tecnológica y la aparición de nuevos formatos y servicios interactivos. Una buena valoración en la parte tecnológica supondría omitir los últimos avances técnicos.
5.- El impacto de la crisis en el sector televisivo. Inexistente en el 2006.
6.- Graves riesgos de obtener una selección incorrecta por no contemplar las nuevas fórmulas televisivas que han ido apareciendo últimamente. Ello daría lugar aun reparto sin responder eficazmente al sector televisivo.
7.- La nueva regulación aplicable a los concursos públicos audiovisuales. En 2005 se regían por la Ley de Contratos públicos. Ahora en 2012, se rigen por la Ley General de Comunicación Audiovisual.
Por eso, en Canarias será difícil volver a valorar las ofertas de TDT de 2006, y de hacerlo el ejecutivo se arriesgaría a entrar en nuevos litigios que podrían terminar con una nueva anulación.