El cine en España: ¿Cuál es la única salida, si es que la hay? (Parte I)

Silvia Lobo, cofundadora de la firma de asesoramiento Creativa Legal y responsable de Gestión de Proyectos, escribe para Adiovisual451 un artículo sobre los pasos que una productora debe dar cuando se lanza a una coproducción internacional. Aquí la primera parte.

Esta semana nos hemos despertado con la noticia quizás más esperada de los últimos meses: el IVA cultural baja al 10 por ciento, elecciones de por medio o no. La semana pasada en la II Conferencia sobre La Economía de los Rodajes en España vimos cómo se articulaba un nuevo incentivo fiscal en la Ley del Impuesto sobre Sociedades del 15 por ciento para la ejecución de rodajes internacionales en España, y cómo se mejoraba el incentivo a las producciones nacionales del 18 al 20 por ciento.

Silvia Lobo Creativa Legal
Silvia Lobo, de Creativa Legal.

Sin embargo, la situación de la financiación del cine en España sigue siendo un problema ya que el ICAA aún debe a las Productoras españolas cerca de 6 millones de euros de convocatorias pasadas, y por lo que vemos, a día de hoy, no ha sido publicada ninguna ayuda ni subvención para el periodo 2015.

Si el Estado está en esta situación, las televisiones privadas han cogido la estrategia de entrar en la generación de contenidos a través de sus respectivas empresas aliadas pero se realizan pocos acuerdos de pre-compra de derechos de antena, las empresas de distribución ya no suelen trabajar con adelantos de distribución, ¿qué nos queda?

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Abrir las ventanas y coproducir a nivel internacional

Para coproducir a nivel internacional podemos ir por la vía oficial de los tratados o convenciones de coproducción europea o latinoamericana, en los que las productoras tienen más opciones de acceder a fondos blandos, es decir a los beneficios y ayudas nacionales y regionales de cada estado participante y adquirir la doble o triple nacionalidad de la película, o podemos montar una coproducción fuera de estos y tenderemos una relación meramente comercial.

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‘Mar adentro’ obtuvo fondo Eurimages.

Se puede optar también a los fondos públicos supranacionales (Europa Creativa, Eurimages, Ibermedia, etc.) para completar así el presupuesto de producción. Cada uno de ellos ofrece diferentes sistemas ya que unos son a fondo perdido y otros requieren reembolso si la película obtiene beneficios, y depende de la categoría a la que se soliciten (desarrollo, producción, distribución, etc.).

La naturaleza jurídica de la coproducción puede ser muy variada, dependiendo de las diferentes formas que puede adoptar contractualmente y las consecuencias fiscales de adoptar una u otra forma también son diferentes. Conviene tener un conocimiento previo de las oportunidades que hay en otros países en cuanto al tipo de ayudas e incentivos fiscales que ofrecen, para que no nos tomen el pelo cuando comencemos con las negociaciones y obtener asesoramiento legal y fiscal previo en todo caso.

Dejar constancia en un contrato todos los acuerdos a los que lleguen las partes coproductoras es de suma importancia, pero antes de analizar las cláusulas de un contrato paso a paso que es el objetivo de este artículo, vamos a dar unas pinceladas previas en relación cómo preparar un buen proyecto.

Pero cómo conseguir coproductores internacionales

Creativa LegalHay que invertir y es un coste, sí. Pero además, actualmente existe una cierta falta de madurez en el desarrollo de los proyectos, y sin duda es una fase de suma importancia porque nos va a marcar el camino a seguir, las alternativas a las que optar, fondos a los que acceder, socios con los que sintonizar. Hay que elaborar minuciosamente los elementos que vamos a utilizar para vender el proyecto y cuanto más atractivo lo hagamos, mayor interés despertará. Esto que parece una obviedad, no lo es tanto, y desde Creativa Legal nos vemos en la necesidad constante de educar en este sentido. Lógicamente conlleva una inversión, pero después se puede repercutir en el Acuerdo final de Coproducción por la vía de las compensaciones, por ejemplo, pero sin un buen material de venta mejor no perdamos tiempo en asistir a Mercados, tenemos muy poco tiempo para convencer a nuestro potencial inversor; si no estamos preparados, no perdamos una baza.

Existe una cierta falta de madurez en el desarrollo de los proyectos, y sin duda es una fase de suma importancia porque nos va a marcar el camino a seguir, las alternativas a las que optar, fondos a los que acceder, socios con los que sintonizar.

En un estadio anterior también es posible firmar un contrato de Co-Desarrollo con una productora donde ambas apuesten por el proyecto pero en estos casos lo que solemos ver es que una productora está dispuesta a asumir la ejecución del rodaje pero a meterse en desarrollo y búsqueda de financiación, no tanto. Esperemos que esta situación mejor en cualquier caso porque a nivel creativo somos muy potentes, pero en desarrollo de negocio aún tenemos mucho que aprender.

Y es que nuestro dossier de proyecto tiene que tener al menos el historial de nuestra compañía, el Guión (previamente registrado en el Registro de la Propiedad Intelectual, y en inglés), una biblia de personajes y el talento que tengamos confirmado en las fechas en las que estemos trabajando, o al menos nuestra carta a los Reyes Magos: Director –Guionista – Compositor – Director de animación, etc.

Nos dirigimos al mercado internacional con lo cual hemos de tener pensado cuál va a ser nuestro casting de voces (inglés y si el presupuesto lo permite), un teaser, piloto, tráiler, tanto en español como en inglés. En los casos de película de animación, a lo mejor nos vamos a los 50.000 euros para tener un teaser pero todo esto es absolutamente imprescindible.

peliculaComo material de cierre, pero que da muestras de nuestra profesionalidad, tenemos que acompañar el Presupuesto de producción, el Plan de producción, un Plan de financiación (de la parte española, explicando a qué ayudas se puede acceder, incentivos, porcentajes y cuantías de todo para ofrecer seguridad a ése tercero al que queremos atraer al proyecto) y el Plan de explotación. Si además, somos conscientes de la potencialidad que ofrece el mercado internacional, lo ideal es preparar una estrategia o plan de acción junto con un pequeño Business Plan del proyecto, más si tenemos entre manos un proyecto transmedia o como ahora se está empezando a llamar, una IP (Intellectual Property).

Conoce bien cuáles son tus objetivos, qué proyecto quieres conseguir, porque tienes que ir a la posterior negociación con una posición firme y saber hasta dónde puedes ceder.

A su vez, hemos de ser conscientes de crear un pipeline para poder compartirlo y contrastar con nuestro futuro coproductor. Se trata de un documento en el que deberemos definir lo que somos capaces de asumir con nuestros conocimientos, experiencias y estructura empresarial, y tener claro de lo que carecemos y cómo buscamos complementarlo. No tengamos miedo de presentar nuestras debilidades si lo que tenemos es un gran guión por ejemplo pero tenemos necesidad de financiación. Por el contrario, si nuestro esquema pasa por buscar coproductores creativos y encargarnos nosotros de parte de la financiación, será necesario también definir el reparto de trabajo, de sus procesos o worksplit.

Hay que definir todo esto en el desarrollo, antes incluso de meternos en la pre-producción del rodaje. Conoce bien cuáles son tus objetivos, qué proyecto quieres conseguir, porque tienes que ir a la posterior negociación con una posición firme y saber hasta dónde puedes ceder. De esa negociación final saldrán el presupuesto, pipeline y worksplit definitivos, lo cual quedará reflejado en el Contrato de Coproducción, y son tus compromisos y responsabilidades.

No olvides tu legislación pero conoce la del otro
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Momento de la firma del acuerdo de coproducción entre España y China.

España no es un país muy prolífico en tratados bilaterales de coproducción para cine. Francia, Alemania, Italia, Irlanda, Portugal, Rusia, Argentina, Brasil, México, Cuba, Chile, Puerto Rico, Venezuela, Canadá (sólo para obras audiovisuales destinadas a la televisión), Marruecos, Nueva Zelanda, Túnez, recientemente Austria, China, Israel e India son los países con los que tenemos un tratado bilateral de coproducción. Se avanza también con Sudáfrica pero aún está en fase de negociación.

Sin embargo, nuestra legislación es bastante abierta en esta materia por lo que, en ausencia de tratado o de convenio, se aplica el Capítulo VII del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley del Cine. Es decir, se pueden aprobar coproducciones internacionales aunque no exista un acuerdo aplicable, siempre que exista reciprocidad y el país con el que se coproduce también reconozca de forma oficial esa coproducción.

Los requisitos que marca la normativa en estos casos son:

  1. a) Que sean consideradas obras nacionales en los países coproductores y puedan beneficiarse con pleno derecho de las ventajas concedidas a las películas de cada país por sus respectivas legislaciones.
  2. b) Que se realicen por personal creativo, personal técnico y empresas de servicios que posean la nacionalidad de alguno de los países a los que pertenecen los coproductores, aunque el ICAA puede permitir alguna excepción, con lo cual es interesante hacer la propuesta pero tener una fiabilidad del 100 por ciento de que esta institución nos aprueba dicha excepción para no tener repercusiones negativas a la hora de obtener el certificado de nacionalidad.
  3. c) Que la proporción en la que participen los países oscile entre el 20 y el 80 por ciento del presupuesto de la película. En el caso de las coproducciones multipartitas, la participación menor no podrá ser inferior al 10 por ciento y la mayor no podrá exceder del 70 por ciento de dicho presupuesto.
Conocer la legislación que tiene el país o países a los que te vas a dirigir es básico, y has de conocerla porque al principio todos somos muy amigos, pero evitemos problemas.

DineroAdemás, pueden ser aprobados como proyectos de coproducción aquellos otros en los que existan una o varias participaciones limitadas a una aportación financiera, aunque a su vez hay una serie de requisitos que cumplir para que el ICAA de el visto bueno. Apuntad, eso sí, que de cara a ofrecer los fondos blandos, en este caso las empresas españolas coproductoras financieras podrán optar únicamente a la ayuda general a la amortización, pero no a la subvención de largometraje sobre proyecto. En la gran mayoría de ocasiones además, sueles estar condicionadas a la obtención de garantías del restante de coproductores, o al hecho de estar garantizada la finalización de la obra audiovisual por un tercero (completion bond).

Conocer la legislación que tiene el país o países a los que te vas a dirigir es básico, y has de conocerla porque al principio todos somos muy amigos, pero evitemos problemas. Cuando consigas atraer a un posible coproductor, y te venda una posible financiación, y estés negociando porcentajes, asegúrate de que va a poder cumplir con su parte, de que lo que te está diciendo es realmente posible, que no haya sorpresas, y además ten muy presente las fechas de las aplicaciones a los fondos para saber si son compatibles con las tuyas porque no siempre se llega al calendario adecuado para completar la financiación.

Investiga la capacidad financiera real de tu posible socio coproductor, sobre todo si ya ha levantado una financiación en su país, su experiencia y filmografía, coge referencias de colegas de profesión, y muy importante porque puede causar problemas en la aprobación definitiva del guión y en rodaje, analiza si tenéis ambiciones artísticas comunes, creencias políticas o diferencias culturales que puedan suponer un problema.

Y al igual que has de hacer tu estudio propio para ir a conseguir coproductores, has de analizar detenidamente a quién tienes delante cuando aparezca, sin dejarte llevar por la ilusión de que has encontrado un partner. Investiga su capacidad financiera real, sobre todo si ya ha levantado una financiación en su país, su experiencia y filmografía, coge referencias de colegas de profesión, y muy importante porque puede causar problemas en la aprobación definitiva del guión y en rodaje, analiza si tenéis ambiciones artísticas comunes, creencias políticas o diferencias culturales que puedan suponer un problema.

Las principales desventajas

Las desventajas más importantes que nos podemos encontrar a la hora de coproducir serían habitualmente la transferencia de derechos de explotación, la deslocalización de la producción al exterior, la pérdida de un cierto control creativo, los gastos extras (dobles funciones, más materiales, viajes, doblajes, actores internacionales) y la necesidad, a veces, de cubrirse con un seguro de buen fin que garantice la entrega de la película, pase lo que pase. Suelen ser las distribuidoras y financieras, u otras empresas inversoras, las que obligan a la productora a contratar dicho seguro.

¿Cuántas veces os han dejado en la estacada por no haber hecho un buen análisis de esa otra compañía que quiere coproducir?

El idioma original de la obra puede ser otro punto de conflicto ya que, al margen de las posibles dificultades de comunicación entre los equipos artísticos y técnicos, muchas ayudas y subvenciones de ciertos países están condicionadas a que se ruede en el idioma del país coproductor.

Encontrar los socios adecuados a nuestro proyecto es algo complejo, no nos dejemos engatusar por el primero que dé señales, ya que a lo mejor nos hace perder el tiempo. Lo ideal es que sean reconocidos en el sector y que tengan capacidad de penetrar en distintos mercados. ¿Cuántas veces os han dejado en la estacada por no haber hecho un buen análisis de esa otra compañía que quiere coproducir? No pasa nada por preguntar, todos queremos ir con las cosas claras.

Continuará…

@CreativaLegal

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