El exceso de publicidad provoca sendas multas a Atresmedia y Mediaset España

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha decidido sancionar a Atresmedia (18.175 euros) y a Mediaset España (63.705 euros) por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual.

Esta Ley establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural (“Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj”).

Las infracciones detectadas en Mediaset tuvieron lugar entre enero y mayo de 2016 en sus canales de televisión Telecinco, Cuatro, Divinity y Energy. Por lo que respecta a Atresmedia, el exceso de publicidad se ha contabilizado en Antena 3, también entre enero y mayo de este año.

Contra esta decisión, Mediaset y Atresmedia podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

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