El ICAA organiza una sesión informativa online para resolver dudas sobre las nuevas ayudas para agencias de ventas

El próximo día 8 de noviembre, a las 11:00 de la mañana, tendrá lugar la sesión informativa a través de videoconferencia de las nuevas ayudas a la distribución internacional de películas españolas convocadas por el ICAA.

Las agencias de ventas internacionales independientes pueden inscribirse en la sesión informativa y enviar sus preguntas a través del e-mail: distribucioninternacional.icaa@cultura.gob.es, indicando nombre, apellidos y la agencia de ventas internacional. Más información sobre estas ayudas y las respuestas a las preguntas más frecuentes aquí.

sede cultura

El Boletín Oficial del Estado del 25 de octubre incluía por primera vez el Extracto de la Resolución de 20 de octubre de 2022, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocaban ayudas a la distribución internacional de películas cinematográficas españolas correspondiente al año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles a partir del pasado 26 de octubre. Estas ayudas está destinadas a las agencias de ventas internacionales independientes para incentivar la circulación y distribución internacional de películas cinematográficas españolas, siempre que hayan suscrito al menos un contrato con un distribuidor extranjero para distribuir una película española en, al menos, un territorio fuera de España y que contemple el estreno de la película en salas de exhibición cinematográficas y/o plataformas digitales de video bajo demanda.

 

La agencia de ventas internacionales debe haber adquirido los derechos de explotación de la película en cualquier momento antes de la publicación de la resolución y las actividades de promoción y distribución internacional deben estar esencialmente comprendidas entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.

El importe total de la convocatoria asciende a la cantidad de tres millones de euros. La cuantía individual de cada ayuda no podrá superar el 50 por ciento de los gastos subvencionables y el importe máximo de la ayuda será de 100.000 euros

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