Se ha publicado la propuesta que la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual del ICAA en relación con las solicitudes de ayudas a la amortización presentadas a la convocatoria de 2012, hecha pública por Resolución del Organismo, el 30 de marzo del presente año y modificada por Resolución el 11 de junio.
El pasado marzo fueron convocadas las ayudas a la amortización de largometrajes estrenados entre el entre el 1 de julio de 2010 y el 31 de diciembre de 2010, ambas fechas incluidas, así como para los filmes estrenados entre el 1 de septiembre de 2009 y el 31 de diciembre de 2009, a efectos de complementar durante los 24 primeros meses de explotación el importe de la ayuda que hubieran percibido en el ejercicio anterior por su explotación comercial durante los 12 primeros meses. Se reserva para tal fin la cantidad de 35.000.000 del presupuesto de gastos del Organismo para el año 2012.
En total se presentaron 270 solicitudes en todas las modalidades y las dos convocatorias de octubre y diciembre. En la primera parte de la convocatoria del 19 de octubre, el ICAA concede ayudas a un total de 37 largometrajes, mientras que en la segunda parte de la convocatoria relativa al 14 de diciembre, el ICAA otorga a ayudas a las productoras de un total de 27 filmes. Algunas de las películas que reciben una mayor cuantía, general y complementaria, son ‘Bruc’, ‘Entrelobos’, ‘Pa negre’ y ‘También la Lluvia’, entre otras.
El importe asignado a cada productora en la modalidad de ayuda general en la convocatoria del 19 de octubre es el resultante de aplicar el 15 por 100 del número de espectadores de la película durante los doce primeros meses de exhibición desde su estreno comercial en España, por el precio medio de la entrada en el año anterior a la convocatoria.
Mientras que en la modalidad de ayuda complementaria es el resultante de multiplicar 10.000 euros por el número total de puntos obtenidos del cálculo realizado según el sistema de puntuación de acuerdo con los parámetros establecidos. Todo ello en relación a las películas concurrentes a la convocatoria, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada productora en la realización de las mismas.
El importe asignado a cada productora en la segunda parte de la convocatoria, del 14 de diciembre, en la modalidad de ayuda general: será el resultante de aplicar el 15 por 100 a la recaudación subvencionable obtenida en el primer año de explotación comercial después de su calificación (o, en su caso, en los dos primeros años) por las películas concurrentes a la convocatoria, en dicha modalidad, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada productora en la realización de las mismas.
En la modalidad de ayuda complementaria en la convocatoria del 14 de diciembre será el resultante de aplicar el 33 por 100 a la inversión del productor subvencionable en las películas concurrentes a la convocatoria en dicha modalidad, y que han obtenido la recaudación requerida en el plazo preceptivo, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada productora en la realización de las mismas.
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