El sector audiovisual lo sabe, incluso los principales partidos políticos nacionales tienen claro que una de las claves para impulsar la industria son los incentivos fiscales a la producción. Actualmente hay cuatro posibilidades en todo el territorio nacional, una general y otras tres más interesantes en tres comunidades autónomas: Canarias, Navarra y País Vasco.
En verano de 2014, Cristóbal Montoro anunciaba que, con el objeto de beneficiar el desarrollo de la industria cinematográfica española, se incrementaba el porcentaje de deducción por inversiones externas al sector en producciones cinematográficas y series audiovisuales al 20 por ciento para el primer millón de euros. Si la producción supera dicho importe, el exceso tendrá una deducción de solo 18 por ciento, esto significaba que se aumentaba en dos puntos el porcentaje de desgravación fiscal, para el primer millón de euros, cuando lo esperado entonces por el sector era de al menos un 30 por ciento. Asimismo, el Anteproyecto de Ley del Impuesto sobre Sociedades introducía el requisito de territorialización, que garantizaba la aplicación del incentivo en producciones realizadas sustancialmente en España.
Por otra parte, se establecía una deducción del 15 por ciento de los gastos realizados en territorio español (que podrá percibirse por anticipado), en el caso de grandes producciones internacionales, con la finalidad de atraer a España este tipo de producciones. Con el objeto de garantizar la aplicación práctica de esta deducción de carácter internacional, se establecía un mecanismo de monetización similar al ya existente para la deducción por I+D+i. Esta era una de las buenas noticias del anteproyecto presentado por el ministro de Hacienda en 2014, el nuevo incentivo para rodajes internacionales que hasta esa fecha era inexistente y que fue impulsado por Spain Film Commission. Aunque no menos cierto que, sin poner en duda su necesidad, este porcentaje no contentaba a nadie. De hecho, el pasado mes de octubre, desde la creación del incentivo fiscal a los rodajes internacionales en España que entró en vigor el 1 de enero de 2015, Spain Film Commission evaluó en un 35 por ciento el incremento de las peticiones de rodajes internacionales en España. También reveló que se multiplicaron las peticiones de información de las principales productoras norteamericanas acerca de dicho incentivo pese a sus limitaciones en comparación con la política fiscal de los países de Europa con los que España compite por la captación de rodajes de cine y televisión.
Por esta razón, el Presidente de Spain Film Commission, Carlos Rosado, se dirigió al Ministerio de Hacienda para que los presupuestos generales del Estado contemplasen mejoras de dicho incentivo que mejorasen la competitividad de España. La propuesta de SFC iba dirigida a incrementar el porcentaje del retorno fiscal del 15 por ciento al 25 por ciento y la elevación del máximo de devolución por proyecto de 2,5 millones de euros a 10 millones de euros, inferiores ambos a la media de los incentivos del resto de Europa de los que actualmente existen.
La film commission nacional planteaba también que la administración tributaria en coordinación con el ICAA exigiese información auditada del gasto real de las producciones internacionales en España por la compra de bienes y servicios de empresas y profesionales españoles, así como la exigencia de cesión de derechos de imágenes y de referencias en los títulos de crédito que puedan ser utilizados por Spain Film Commission para la promoción del territorio español como lugar de rodajes y, en su caso, facilitar sus acciones promocionales del turismo cinematográfico en España.
En su programa de las pasadas elecciones, el Partido Popular se comprometía a “potenciar el papel de España en el sector cinematográfico internacional, tanto mediante la promoción de nuestras películas, como atrayendo talento e inversión a España para el rodaje de proyectos cinematográficos”.
Los socialistas incluían entre las medidas de su programa electoral: “promover la atracción de rodajes, producción y postproducción en España mediante un sistema de incentivos fiscales”, aunque tampoco decían la cuantía del porcentaje. También instaba a “apoyar al cine español actualizando el sistema de ayudas públicas, haciendo cumplir la ley del cine y abordando las modificaciones legislativas necesarias para establecer incentivos fiscales más eficaces para el desarrollo de la industria cinematográfica, en línea con las medidas existentes en otros países de la Unión Europea”.
Podemos, la tercera fuerza política tras las elecciones, también apuesta por los incentivos fiscales. Asier Aranzubia, uno de los responsables del área de audiovisual del programa de Podemos apuntaba a “la nueva fiscalidad ha de encajarse en todo un marco que desarrolle nuevas vías de financiación tendentes a consolidar la autonomía del sector audiovisual. Eso significa que, manteniendo y hasta incrementando los incentivos públicos, hay que poner en marcha mecanismos nuevos, desde una ley de mecenazgo a desgravaciones fiscales capaces de atraer fondos e inversores, pasando por la creación de una sección para el cine dentro del Fondo Social de la Cultura que sirva para que la financiación del cine (y del resto de la cultura) no dependa exclusivamente de los Presupuestos Generales del Estado. Es decir, hacer que el cine y la cultura se financien a sí mismos, a través de la actividad generada por el propio el sector”.
Por su parte, Ciudadanos proponía la creación de un registro exhaustivo de lugares de rodaje en España, para facilitar el trabajo y la capacidad de atracción de España como plató de rodaje. Y aunque tampoco incluye en su programa una política clara de incentivos fiscales, Marta Rivera de la Cruz, número tres de Ciudadanos por Madrid, aseguró a Audiovisual451 que les hubiera gustado incluir en el programa dichas medidas: “no ha sido posible porque los economistas de Ciudadanos prefieren ser cautos y esperar a ver cuánto dinero hay en las arcas públicas, después echaremos cuentas. Yo quiero ir a máximos, tengo en mente dos cifras deseables, sin duda debemos tener más del 15 por ciento actual, tenemos que acercarnos a Europa y ser conscientes también de que en España tenemos la baza de que hoteles y restaurantes son más baratos que en Francia, por ejemplo, así que si tuviéramos una exención fiscal del 27 por ciento, también podríamos jugar la baza de los precios de los servicios”.
La importancia del incentivo fiscal para la producción puede incluso ser más crucial de lo que parece a simple vista. Antes del estreno de ‘Palmeras en la nieve’, la última superproducción española rodada en Canarias, la responsable de Atresmedia Cine, Mercede Gamero, confesaba a Audiovisual451 que “sin el incentivo fiscal canario hubiera sido imposible levantar la financiación de la película”.
Vamos por partes y resumiendo. Según se expone en el Art. 36.1 Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, las inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental, que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada, tendrán un porcentaje de desgravación fiscal en el territorio español de 20 por hasta el primer millón euros de base y del 18 por ciento cuanto se sobrepase esa cifra, como se ha expuesto anteriormente. En el caso de Canarias, a esos porcentajes se les suma un 20 por ciento adicional, es decir, que alcanzan el 40 y el 38 por ciento, respectivamente. La base de la deducción se aplica al coste total de la producción además de los gastos para la obtención de copias y los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor, con un llímite para ambos, del 40 por ciento coste de producción. Entre los requisitos, cabe señalar que al menos el 50 por ciento de la base de la deducción deberá corresponderse con gastos realizados en territorio español. En el supuesto de coproducción, los importes referidos se determinarán en función del porcentaje de participación. La producción deberá obtener el correspondiente certificado de nacionalidad y el certificado que acredite el carácter cultural en relación con su contenido, su vinculación con la realidad cultural española o su contribución al enriquecimiento de la diversidad cultural de las obras cinematográficas que se exhiben en España, emitidos por el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Se deberá depositar una copia nueva y en perfecto estado de la producción en la Filmoteca Española o la filmoteca oficialmente reconocida por la respectiva Comunidad Autónoma.
La generación de deducción debe realizarse en cada período impositivo por el coste de producción incurrido en el mismo, si bien se aplicará a partir del período impositivo en el que finalice la producción de la obra. Para las producciones de animación, la deducción se aplicará a partir del período impositivo en que se obtenga el certificado de nacionalidad. Nunca podrán superarse los 3 millones de euros y el importe de deducción no podrá ser superior a 5,4 millones de euros cuando se trate de producciones realizadas en Canarias. La deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá tampoco superar el 50 por ciento del coste de producción.
En el caso de los rodajes de grandes producciones extranjeras en territorios español, pueden beneficiarse de un 15 por ciento de deducción los productores registrados en el Registro de Empresas Cinematográficas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada. Ese 15 por ciento será efectivo siempre que los gastos realizados en territorio español sean, al menos, de un millón de euros. Si el rodaje es en Canarias, ese incentivo para rodajes internacionales se va hasta el 35 por ciento, debido al 20 por ciento adicional aplicado siempre al territorio Canario debido a su insularidad y lejanía del continente europeo.
Lo gastos realizados en territorio español directamente relacionados con la producción serán los de personal creativo, siempre que tenga residencia fiscal en España o en algún Estado miembro del Espacio Económico Europeo, con el límite de 50.000 euros por persona y los gastos derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores. El importe no podrá superar los 2,5 millones de euros por cada producción realizada. En el caso de Canarias, el importe no podrá ser superior a 4,5 millones de euros cuando se trate de gastos realizados en las islas. El importe de esta deducción para rodajes internacionales, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, tampoco podrá superar el 50 por ciento del coste de producción.
Por su parte, Navarra aprobó sus incentivos fiscales para el sector audiovisual dentro de la Reforma Fiscal del 31 de diciembre de 2014, y que por tanto entraron en vigor, en el año 2015. Al contar con su propio sistema fiscal, Navarra introdujo la nueva normativa dentro de la reforma sobre el impuesto de sociedades.
El punto más destacado que ofrece Navarra para desarrollar la producción audiovisual en el territorio es un incentivo fiscal del 35 por ciento, próximo al existente en Canarias. “Creemos que es un incentivo muy interesante por sus porcentajes y complementariedades con otros existentes”, explica Sara Sevilla de Navarra Film Commission.
Para poder beneficiarse de este 35 por ciento de incentivo fiscal, como ocurre en otros territorios, el mecanismo más habitual es el de creación de una AIE con sede en Navarra, que puede presentar inversores que tributen en diferentes regímenes, y en este caso cada uno se repercutiría su parte proporcional cumpliendo los requisitos que marca cada sistema tributario (Regimen común, Canarias o Haciendas Forales de Navarra y País Vasco). O bien, el segundo supuesto de aplicación del incentivo sería a través de la contratación de un ‘Service’ navarro, que se encargaría de desgravar este 35 por ciento. “posiblemente esta última opción pueda ser la más indicada para rodajes internacionales, porque en el caso de las producciones nacionales suele ser más habitual crear una Agrupación de Interés Económico”, reconoce Sevilla. (Continúa)
Así, el artículo 70 de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades, en su apartado primero, reconoce el derecho del productor a una deducción del 35 por ciento por las inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada.
La base de la deducción la conforma el coste total de la producción, así como por gastos para la obtención de copias y los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor (hasta el límite, para ambos, del 50 por ciento del coste de producción). La referida base habrá de minorarse en el importe de las subvenciones recibidas para financiar las inversiones que generan derecho a deducción. Como condición para que resulte de aplicación esta deducción, la norma precisa que al menos el 25 por ciento de la base de la deducción debe corresponderse con gastos realizados en territorio navarro. En el supuesto de coproducción, los importes señalados en dicho apartado habrán de determinarse, para cada coproductor, en función de su respectivo porcentaje de participación en la misma.
La deducción se practicará a partir del período impositivo en el que finalice la producción de la obra. Sin embargo, la norma contempla la posibilidad, en caso de que la producción tenga un plazo superior a los doce meses y afecte a más de un período impositivo de la entidad, de optar por aplicar la deducción a medida que se efectúen los pagos y por la cuantía de estos, con aplicación del régimen de deducción vigente a la fecha en que se inicie la misma. “La deducción del 35 por ciento se refiere al gasto total de producción, incluyendo publicidad y copias. Se ha conseguido que Hacienda dé una respuesta clara sobre los gastos que pueden ser deducibles exactamente”, comentó Sevilla a Audiovisual451.
La base de la deducción está formada por los siguientes gastos realizados en territorio navarro directamente relacionados con la producción: Los gastos de personal creativo, siempre que tenga residencia fiscal en España o en algún Estado miembro del Espacio Económico Europeo, con el límite de 50.000 euros por persona. Los gastos derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores, transportes, alojamiento y manutención necesarios para la producción. En este supuesto, la condición para que resulte de aplicación esta deducción, la producción deberá tener un mínimo de una semana de rodaje en interiores o exteriores de Navarra, salvo que por circunstancias debidamente justificadas el plazo fuera menor por no poderse realizar en el ámbito de la Comunidad Foral.
El artículo 72.3 de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades recoge un límite máximo conjunto de aplicación de deducciones del 25 por ciento de la cuota líquida resultante de minorar la cuota íntegra en las bonificaciones y las deducciones para evitar la doble imposición interna e internacional, excluyendo, junto a la deducción por inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de inversiones inmobiliarias (artículo 63) hasta el inicio de actividad y a la deducción por la realización de actividades de investigación científica e innovación tecnológica (artículo 66), a la deducción objeto de análisis recogida en el artículo 70, que pueden absorber la totalidad de la cuota líquida. Por tanto, la deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales se puede aplicar en su totalidad sin que resulte de aplicación el límite del 25 por ciento previsto en la normativa navarra para otras deducciones.
En Navarra se han rodado decenas de películas, recientemente filmes como ‘Ocho apellidos vascos’ (Emilio Martínez Lázaro, 2013); ‘Loreak’ (José María Goenaga y Jon Garaño,2013); ‘Lasa y Zabala’ (Pablo Malo, 2013), ‘Amama’ (Asier Altuna, 2014);‘Backseatfighter’ (Mario Pagano, 2015); ‘El contenido del silencio’ (Helena Taberna, 2015); ‘Zipi y Zape 2’ (Oskar Santos, 2015); ‘Rumbos’ (Manuela Moreno,2015) y la serie ‘Juego de Tronos’ (HBO, 2015), entre otros proyectos. “El empuje del incentivo fiscal ha sido muy importante, estamos sorprendidos de haber obtenido resultados tan pronto. En 2015 se han duplicado los rodajes respecto a 2014 y por supuesto estamos muy por encima de 2013, cuando solo se gestionaron dos o tres rodajes de ficción. Creemos que el incentivo fiscal ha sido muy importante en este incremento de los proyectos, un buen ejemplo es la película ‘Rumbos’ que directamente se ha decantado por rodar en Navarra por el incentivo fiscal del 35 por ciento. Y no solo lo que se ha rodado en 2015, sino la cantidad de productoras que han contactado con nosotros para intentar redirigir sus proyectos hacia la Comunidad de Navarra para beneficiarse de la deducción. Creemos que 2016 y los siguientes años serán todavía mejores”, apunta Sara Sevilla.
Pero eso no es todo, el capital humano también se está incrementado en Navarra a raíz de la política de incentivos fiscales: “Hemos notado que las empresas relacionadas con el audiovisual navarro están impulsando sus estructuras para poder dar servicio a todos estos rodajes que les vienen encima a raíz del incentivo fiscal. También hay muchos profesionales de todas las especialidades del audiovisual asentados en Navarra, pero eso no quita para que sea necesario traer técnicos de otros sitios dependiendo de la magnitud del proyecto. Todos esos aspectos están perfectamente contemplados y nos son problema. Hay técnicos navarros que están volviendo, sin olvidar que la Comunidad cuenta con centros de formación públicos y privados, incluyendo las Universidades. Las posibilidades para convertirse en un sector audiovisual de referencia son muy reales. De todos modos, las cabezas de equipo de las producciones de fuera ya vienen formadas, sin embargo, siempre necesitan a técnicos locales, no pueden trasladar a 400 personas, es inviable. Por ejemplo, ‘Rumbos’, para acogerse al incentivo tiene que gastarse un 25 por ciento del total de la producción y eso suponen muchos contratos en Navarra. Trabajamos con ellos para ver todas las empresas y personas que podían participar en la producción para alcanzar ese 25 por ciento y ellos mismos se llevaron una sorpresa de todo lo que ofrecían los profesionales y Empresas navarras. Incluso la música la ha compuesto Mikel Salas, que es un compositor Navarro”, se apunta desde la Navarra Film Commission.
Por último, la Disposición Adicional Decimoquinta Norma Foral 37/2013, del Impuesto sobre Sociedades (Álava), Norma Foral 2/2014, del Impuesto sobre Sociedades (Guipúzcoa), Norma Foral 11/2013, del Impuesto sobre Sociedades (Vizcaya) expone un deducción fiscal del 30 por ciento para inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental, que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada en el País Vasco. La base de esta deducción se refiere al coste de la producción más los gastos para la obtención de copias y los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor, un límite para ambos del 40 por ciento del coste de producción.
La aplicación del incentivo del 30 por ciento implementado en el País Vasco, se realizará a partir del período impositivo en el que finalice la producción de la obra. Cuando la producción tenga un plazo superior a 12 meses y afecte a más de un período impositivo de la entidad, posible opción de aplicar la deducción a medida que se efectúen los pagos y por la cuantía de éstos, con aplicación del régimen de deducción vigente a la fecha en que se inicie la misma. Ejercitada la opción (plazo y formalidades), el criterio regirá para toda la producción.