Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 15 de octubre el Extracto de la Orden 1192/2021, de 7 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las nuevas ayudas a personas físicas y empresas audiovisuales para la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid en 2021.
Los beneficiarios deben tener la condición de microempresa o de pequeña empresa con capacidad de obrar en el ámbito audiovisual, residencia fiscal en la Comunidad de Madrid y una antigüedad de dos años de actividad profesional acreditada y continuada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud, o de manera discontinua en los cuatro últimos años.
No podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
Las ayudas para la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid en 2021 están destinadas a obras de ficción, animación o documentales, cuyo objetivo último sea su difusión pública. Se trata de unas ayudas totalmente nuevas que contemplan por primera vez dos años, serán resueltas por una comisión de evaluación con criterios en los que priman la calidad y viabilidad del proyecto.
Las películas tendrán obligatoriamente un resultado final de realización en un formato cinematográfico (máster DCP 2K en disco duro), con una duración mínima de cinco minutos y máxima de treinta.
La convocatoria es de carácter plurianual y cuenta con un importe máximo de 300.000 euros. El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín
Los cortometrajes deberán estar acabados antes del día 1 de octubre de 2022. Se considerarán períodos subvencionables entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de septiembre de 2022 para los cortometrajes de ficción y entre el 1 de junio de 2020 y 30 de septiembre de 2022 para los de animación y documentales.