La Comunidad de Madrid destina 300.000 euros a la producción de cortos, 50.000 euros menos que van ahora a desarrollo

Hasta el 26 de febrero permanece abierta la convocatoria de ayudas para la producción cinematográfica de cortometrajes para el año 2020 de la Comunidad de Madrid. El importe total de las ayudas asciende a 300.000 euros, lo que supone un 14,2 por ciento menos que en 2019, aunque esa diferencia se destinará este año a desarrollo.

Las películas tendrán obligatoriamente un resultado final de realización en un formato cinematográfico (máster DCP 2K en disco duro), con una duración mínima de cinco minutos y máxima de treinta.

A estas ayudas de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 5 de febrero, pueden presentarse personas físicas o jurídicas privadas, titulares de empresas de producción cinematográfica cuyo objeto sea la realización de actividades de proyectos audiovisuales, ocupe menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general no supere los 10.000.000 de euros.

Los aspirantes deberán tener su residencia fiscal en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. No podrán tener la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

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La convocatoria asciende a un importe máximo de 300.000 euros. La cuantía mínima individual será de 4.000 euros y la máxima de 22.500. Tendrá como límite el importe de la subvención solicitada y no excederá del 75 por 100 del presupuesto presentado por el interesado en su solicitud. En 2019 la convocatoria tuvo una dotación de 350.000 euros, 50.000 más que ahora en 2020. Estos 50.000 euros de diferencia los dedicará la Comunidad de Madrid este año a potenciar una línea de apoyo al desarrollo, especialmente de óperas primas.

dinero presupuesto

Los cortometrajes deberán estar acabados antes del día 15 de noviembre de 2020. Se considerarán períodos subvencionables entre el 1 de junio de 2019 y el 15 de noviembre de 2020 para los cortometrajes de ficción y entre el 1 de enero de 2019 y 15 de noviembre de 2020 para los de animación y documentales. Por lo tanto, el plazo máximo de justificación es el 16 de noviembre de 2020. TRAMITACIÓN

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