Mismos hechos, mismas ideas, ¿mismo plagio?

Por Fernando Fernández Aransay, de Aransay | Vidaurre Copyright & Image Lawyers

<<Un tribunal iraní ha declarado culpable al cineasta Asghar Farhadi de robar la idea de su última película, ‘Un héroe’, estrenada el pasado 4 de marzo en España con el respaldo unánime de la crítica. Según el tribunal, la cinta plagia elementos clave del documental ‘All Winners All Losers’ (‘Todos los ganadores, todos los perdedores’), realizado por Azadeh Masihzadeh, exalumna del taller de cine impartido por Farhadi en el instituto Karnameh de Teherán en 2014, sin acreditarla, informa The Hollywood Reporter. La sentencia es vinculante y no puede ser recurrida.>> (La Vanguardia, 5.IV.22).

<<Farhadi había admitido que su película estaba basada en la misma historia verídica en la que se había basado el proyecto de la alumna de su taller de documentales, pero el director no dio crédito a Masihzadeh por la idea, alegando que él había hecho su propia investigación.>> (Telam.com.ar, 5.IV.22).

un heroe

Desconocemos las peculiaridades del ordenamiento jurídico persa, pero, como ya hemos aclarado en un artículo anterior (vid. La creatividad necesaria), no cabe el plagio de ideas sino de la expresión concreta de estas, la cual ha de tener sustantividad y originalidad suficientes para reputarse obra de propiedad intelectual. Robar ideas, como se indica en las dos citas transcritas, puede ser una licencia periodística o una realidad inapelable, pero en ningún caso, con la ley en la mano, constituye causa u ocasión directa de plagio. El plagio, insistimos, no versa sobre ideas, sino sobre obras de propiedad intelectual que, obviamente, se derivan de aquellas, pero elaboradas de modo que se singularicen frente a otros desarrollos que, de las mismas ideas, sean eventualmente posibles (es decir, otras obras de propiedad intelectual).

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Sentado esto una vez más, es interesante dilucidar si la mera coincidencia en el relato de unos mismos hechos puede infringir algún derecho de propiedad intelectual. La respuesta es que tampoco. Los hechos, sean cuales fueren, por definición no son creación de nadie, y nadie puede, por tanto, apropiárselos. Incluso si los hechos hubieren sido dados a conocer al mundo por la acción de una sola persona.

Piénsese en todos los sucesos históricos cuyo conocimiento nos ha sido legado por el testimonio de un solo superviviente. Inevitablemente, el relato será por entero subjetivo en tanto haya de depender de la memoria del narrador único, y si reviste las características que se exigen a una obra de propiedad intelectual podrá ser reconocido como tal. Esto es indiscutible, pero también lo es que los hechos que lo configuren, en tanto puedan ser determinados como tales, quedarán fuera del ámbito apropiable. Es decir, cualquiera podrá confeccionar su propia obra de propiedad intelectual a partir de esos mismos hechos, con independencia de que procedan de una sola fuente, y sin perjuicio de que esta fuente pueda conformar con ellos (si lo hace) una obra de propiedad intelectual propia.

Un ejemplo célebre de todo esto es el pleito sobre los derechos de ‘Relato de un náufrago’ de Gabriel García Márquez, al que nos referiremos en un próximo artículo.

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