Se corrigen errores en la Orden de las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para el sector del videojuego

El Boletín Oficial del Estado del pasado 20 de marzo incluía la Orden CUD/262/2023, de 21 de febrero, por la que se corrigen errores en la Orden CUD/1241/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la promoción del sector del videojuego y de otras formas de creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Advertidos errores en la Orden CUD/1241/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la promoción del sector del videojuego y de otras formas de creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 301, de 16 de diciembre de 2022, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

videojuego

En el apartado 2 del artículo 30 («Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento»), donde dice «El titular de la Secretaría General de Cultura, en virtud del apartado cuarto.1.b) de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, de acuerdo con el artículo 6 de esta Orden», debe decir: «El órgano concedente es el titular de la Secretaría General de Cultura y Deporte, en virtud del apartado cuarto.1.b) de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, de acuerdo con el artículo 6 de esta Orden».

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En el apartado 6 del artículo 39 («Pago y justificación»), donde dice: «La emisión de los justificantes de gasto tendrá como fecha desde el 1 de abril de 2022 hasta el 15 de septiembre de 2023 y el pago (justificantes de pago) tendrá como fecha desde el 1 de abril de 2022 hasta el 15 de marzo de 2024», debe decir: «La emisión de los justificantes de gasto tendrá como fecha desde el 1 de abril de 2022 hasta el 15 de diciembre de 2023 y el pago (justificantes de pago) tendrá como fecha desde el 1 de abril de 2022 hasta el 15 de marzo de 2024».

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