Se establecen las bases de las ayudas 2024 y 2025 a eventos para la internacionalización de las industrias culturales

El Boletín Oficial del Estado del 12 de enero incluye la Orden CLT/1458/2023, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2024 y 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las ayudas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas tienen por objeto impulsar el crecimiento del sector cultural español en el exterior, mediante el apoyo al acceso y la participación de sus empresas y profesionales en los mercados internacionales, fomentando proyectos que contribuyan a alguna de las siguientes finalidades:

dinero

a) Impulsar la expansión internacional y aumentar la visibilidad de las industrias culturales y creativas españolas en los principales mercados internacionales del sector, así como la promoción de los derechos de propiedad intelectual a nivel global

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b) Atraer la inversión extranjera hacia las empresas españolas para estimular el desarrollo y comercialización de nuestros bienes y servicios culturales

c) Fomentar la movilidad internacionalidad de los agentes culturales, y contribuir al desarrollo de intercambios de experiencias y la cooperación cultural internacional

d) Favorecer el desarrollo de capacidades para la internacionalización de proyectos creativos y culturales

e) Potenciar la imagen de España como referente cultural en el ámbito internacional y contribuir al cumplimiento global de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Será objeto de ayuda la organización de plataformas, foros, eventos, jornadas, ferias, festivales, congresos o encuentros de carácter profesional e impacto internacional relativas a las industrias culturales y creativas, tanto en territorio español como en el extranjero. Todas las actividades propuestas deberán contar con impacto internacional y un alto interés cultural y profesional.

Podrán ser beneficiarios las microempresas, pequeñas y medianas empresas, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que tengan su residencia fiscal en España y se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Las actividades deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025. Por tanto, los gastos deberán realizarse dentro de este periodo. La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 1.862.000 euros, que se imputará al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para 2024.

La ayuda solicitada en esta convocatoria no podrá superar el 80 por ciento del presupuesto total del proyecto. Las aportaciones ajenas a la ayuda deberán suponer como mínimo el 20 por ciento del total del presupuesto y no podrán ser en especie. El solicitante deberá explicitar el origen de los ingresos que financiarán los gastos del presupuesto no imputados a la ayuda solicitada (fondos propios, aportaciones de otras entidades públicas o privadas…). En el caso de que una parte o la totalidad de la financiación ajena a esta ayuda se base en una estimación de la posibilidad de percibir otras ayudas o patrocinios, su no obtención no eximirá de la obligación de disponer de un mínimo del 20 % de ingresos distintos a esta ayuda.

El formulario de solicitud tendrá exclusivamente formato electrónico y se encontrará disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura (https://cultura.sede.gob.es/procedimientos/index/categoria/1168). El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles. Este plazo se iniciará a partir del 1 de marzo de 2024, siempre después de la publicación de la presente orden y del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

ORDEN COMPLETA

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