El 15 de diciembre se ha publicado la Resolución de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) por la que se conceden las ayudas para la organización de festivales y certámenes cinematográficos en España durante el año 2021. El importe total de la línea para este año asciende a 1.135.456 euros, que en parte están financiados con fondos de la Unión Europea.
927.505 euros se conceden con cargo al presupuesto directo del ICAA y los 207.951 euros restantes proceden de “Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”. Se conceden en total 75 ayudas a festivales. La mayor cuantía se la lleva el 18º Festival de Sevilla, con un total de 106.000 euros, seguido del 59º Festival de Gijón, con 81.700 euros y la Seminci de Valladolid, que recibe 77.100 euros.
Se quedan fuera por no haber alcanzado los 50 puntos mínimos exigidos 37 eventos, entre ellos certámenes como Animario de Madrid, Almería Western Film Festival o Navarra International Film Festival.
Los beneficiarios deberán deberán acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, en el caso de que hubieran caducado las certificaciones presentadas con la solicitud.
Todas las entidades beneficiarias que, de acuerdo con lo previsto en la Resolución definitiva de concesión perciban ayudas con cargo al programa presupuestario “Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”, quedarán sujetas a las obligaciones que les imponga el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Por ello, antes de proceder al pago de la ayuda, deberán presentar las siguientes declaraciones responsables que estarán disponibles en la página web del ICAA: https://www.culturaydeporte.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/05/052140/ficha/052140-2021.html
a) Declaración responsable sobre el cumplimiento del compromiso de no causar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (principio DNSH).
b) Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
c) Declaración de compromiso en relación con la ejecución de las actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia.
Igualmente, estas entidades beneficiarias deberán difundir la financiación con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante la inserción en cartela única, de manera independiente al resto de posibles colaboraciones en la actividad el emblema de la Unión, junto con el texto “financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU” y el logotipo del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”. Estas marcas están disponibles en la página web del ICAA.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, ante la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación.