Se regula la concesión directa de ayudas a los cines para fomentar el acceso de los mayores de 65 años a las salas

El Boletín Oficial del Estado del 14 de junio incluye el Real Decreto 447/2023, de 13 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 o más años.

El Consejo de Ministros, en la reunión celebrada el 16 de mayo de 2023, aprobó la puesta en marcha de un programa de ayudas públicas para fomentar el acceso a las salas de cine de las personas mayores de 65 años.

sala de cine butaca

Ahora, el Real Decreto publicado el 14 de junio tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a titulares de salas de exhibición cinematográfica para sufragar parte del precio de las entradas destinadas a las personas de 65 o más años, de manera que puedan acceder al visionado de una película por el precio de 2 euros, un día a la semana, a establecer por las salas y durante el periodo comprendido desde la publicación de la resolución de concesión hasta, como máximo, el 31 de diciembre de 2023.

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La finalidad de estas subvenciones es la de garantizar la actividad de las salas de exhibición como agentes fundamentales de la divulgación de la diversidad cultural, mediante la recuperación de la asistencia a las salas de las personas de 65 o más años y facilitar su derecho de acceso a la diversidad cultural y favorecer, al tiempo, un envejecimiento activo y saludable de dichas personas.

La subvenciones reguladas en este real decreto se otorgarán en régimen de
concesión directa, con carácter excepcional y por concurrir razones de interés público,
social y económico. No será subvencionable la actividad en los siguientes casos:

a) Cuando las salas ya tengan establecido el precio de 2 euros o inferior para el acceso al visionado de una película el día de la semana que aplique esta medida.

b) Cuando se trate de proyección de películas calificadas «X».

Para poder obtener la subvención en el día seleccionado para la aplicación del precio reducido de la entrada, su precio ordinario deberá ser superior a 2 euros. A estos efectos, se entenderá por precio ordinario el precio de la entrada ese día. No obstante, si en él se vinieran admitiendo otros descuentos o bonificaciones, cuando estos se apliquen, el precio ordinario de la entrada a tener en cuenta se vería reducido por el importe de dichos descuentos o bonificaciones. La persona titular de la sala de exhibición deberá asumir, en cualquier caso, la diferencia del importe de la entrada respecto a su precio de exhibición ordinario.

El precio reducido, que no será acumulable a otros descuentos o bonificaciones, está destinado a las personas con 65 o más años, con residencia legal en España, que acrediten dicha edad mediante el documento correspondiente (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia u otros equivalentes a efectos de identificación), en el que conste la edad o la fecha de nacimiento. La acreditación deberá efectuarse tanto en el momento de la adquisición de la entrada como en el momento de acceso a la sala de exhibición para el visionado de la película, en el caso de que no coincidiesen en un mismo momento.

Las entradas únicamente podrán expedirse en las taquillas de las salas de exhibición, y deberá constar en las mismas, además de los datos exigidos por la normativa, el precio reducido de 2 euros y su identificación como entrada bonificada para personas de 65 o más años. En cualquier caso, el sistema de expedición de las entradas deberá permitir conocer con exactitud el número de entradas vendidas al precio reducido para su posterior cómputo y facturación a cargo del mismo, y a efectos de seguimiento de la subvención.

El importe de la subvención deberá ser computado como parte de la recaudación de cada película y las personas titulares de las salas de exhibición tendrán la obligación de controlar el número exacto de entradas subvencionadas por cada título.

El plazo de realización de la actividad subvencionada será el comprendido desde la publicación de la resolución de concesión hasta, como máximo, el 31 de diciembre de 2023. La cuantía máxima de las ayudas será de 10.000.000 de euros. La cuantía individual de subvención por entrada vendida será la diferencia entre el precio ordinario de la entrada en el día seleccionado para la aplicación del precio reducido, y dicho precio reducido de dos euros, con el límite máximo de tres euros por entrada.

La cuantía máxima de la subvención para cada beneficiaria se determinará multiplicando dicha cuantía individual de subvención por entrada vendida por el número de localidades de las salas de las que sea titular, y por el número de días en los que se aplica el precio reducido subvencionable.

De todos los sectores culturales, el cine es uno de los más afectados, todavía hoy, por la pandemia. Las medidas sanitarias adoptadas como consecuencia de la COVID-19 provocaron un importante descenso en la asistencia media a las salas de cine por parte del público español, una asistencia que no termina de recuperarse, pese a los repuntes experimentados en el año 2022. Si entre 2013 y 2019 la asistencia a salas de cine se incrementó un 33 %, pasando de 78,7 a 104,9 millones de espectadores, la Encuesta de Hábitos y Prácticas Culturales en España en su última edición (2021-2022), reconoce
que, en torno a la cuarta parte de la población, el 27,7 %, ha asistido al cine al menos una vez, 30,1 puntos porcentuales menos que en la última edición de la encuesta, en la que la cifra se situaba en un 57,8 %. Es muy significativo que la tercera parte de las personas entrevistadas, el 33 %, manifestara como principales motivos para no acudir a las salas de cine, o no ir más a menudo, los vinculados a la COVID-19.

En el año 2022 se produjo una vuelta a la normalidad en lo que respecta a las restricciones de acceso a las salas de cine. Pero a pesar de que las cifras registradas ese año supusieron un importante incremento con respecto al año anterior, el sector todavía se encuentra aproximadamente con un 40 % menos de espectadores en relación con la media de los años 2017 al 2019.

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De todas las franjas de población, son las personas de mayor edad quienes están tardando más en retomar los hábitos de asistencia al cine en salas previos a la pandemia. Así, se observan notables diferencias entre franjas de edad: si el 49,3 % de las personas de 20 a 24 años acudió al menos una vez al año al cine entre 2021 y 2022, ese porcentaje cae hasta el 6 % en la población de más edad.

Según una encuesta reciente de la Federación de Cines de España (FECE), las personas mayores de 65 años destacan por ser el colectivo que menos ha recuperado su ocio respecto al período anterior a la pandemia. Dentro de las actividades que realiza este colectivo en ese nuevo escenario post pandemia, la asistencia al cine es la que más afectada se ha visto, con una caída del 60 %, seguida de las actividades musicales en directo, que han disminuido en un 45 %, y la restauración, en un 37 %. Sin embargo, ante la pregunta sobre cuál será su tendencia respecto a acudir a las salas de cine, un 25 % de las personas encuestadas de todas las edades declaran que irán con más frecuencia. Y quienes más destacan, por encima de la media, son precisamente, las personas mayores de 60 años.

REAL DECRETO COMPLETO

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