Se publican las ayudas selectivas para 2018, que regresan a los siete millones de euros de 2016 pero registran un notable incremento en su dotación respecto al pasado año

Tras varios meses de incertidumbre, avivados con el retraso de la publicación de la nueva Orden, efectiva desde el pasado 19 de julio, comienzan a ver la luz las ayudas a la producción de largometrajes, uno de los objetivos marcados por la nueva directora general del ICAA, Beatriz Navas, en su toma de posesión. En primer lugar se publican las ayudas selectivas y presumiblemente en los próximos días lo harán las ayudas generales con su doble procedimiento anual. Así, el Boletín Oficial del Estado del 2 de agosto incluye el Extracto de la Resolución de 27 de julio de 2018, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2018 ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) Dichas ayudas estarán limitadas a proyectos que se encuentren dentro de una de las siguientes categorías:

  • Que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social.
  • Que sean de carácter documental.
  • Que incorporen nuevos realizadores.
  • Que sean de carácter experimental.
  • Segundo. Beneficiarios
  • Empresas productoras independientes.

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 7.076.600 de euros. El importe máximo de la ayuda que se conceda será de 500.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que dicho importe no supere el 40 por 100 del coste que en su día sea reconocido al largometraje.

El año pasado el organismo cinematográfico destinaba 5,3 millones de euros a las ayudas selectivas y la Resolución definitiva de concesión de ayudas selectivas benefició a un total de 39 proyectos, 19 de ellos documentales. Se presentaron el año pasado 203 solicitudes correspondientes a 158 proyectos y finalmente se concedieron 55 ayudas correspondientes a los mencionados 39 proyectos que se repartieron los 5,3 millones de euros asignados para 2017. Ahora esa cuantía se eleva por encima de los siete millones de euros, es decir 1,7 millones de euros más, lo que significa un incremento del 32 por ciento y el regreso a las cifras de 2016.

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El plazo de presentación de solicitudes para las ayudas selectivas de 2018 será de quince días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente extracto en el «Boletín Oficial del Estado», es decir a partir del 3 de agosto, finalizando a las 14:00 horas del último día del plazo.

Beatriz Navas

Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española. El coste máximo de producción que, en su día, se reconozca al largometraje será de 1.800.000 euros, o de 2.500.000 euros en el caso de largometrajes de animación. Se debe acreditar en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que el proyecto tiene garantizada una financiación de, al menos, el 15 por cien del presupuesto previsto para la producción del largometraje. Al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje se deben realizar en España o revertir en autores o en equipos técnicos, artísticos o de servicios que posean residencia fiscal en España.

Al menos, un 10 por cien de los gastos presupuestados del largometraje se destinarán a copias, publicidad y promoción para su estreno comercial en salas de exhibición cinematográfica. El estreno del largometraje tenga lugar, como mínimo, en quince salas de exhibición. Este número se reducirá a cinco en el caso de los largometrajes con versión original en lenguas cooficiales y en el caso de largometrajes de carácter documental. No se requiere que el estreno en las salas sea simultáneo.

La empresa productora solicitante de la ayuda, aisladamente o en conjunto con sus empresas vinculadas deberá haber producido, con una titularidad mínima sobre la obra del 10%, en los últimos seis años, u ocho años en el caso de proyectos de animación, al menos, dos cortometrajes o un largometraje que hayan sido calificados por grupos de edad y obtenido el correspondiente certificado de nacionalidad española, o haya participado en una serie o película de televisión como productora encargada de la producción.

EXTRACTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN

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